Objetivo
Garantizar que 1,900,000 (un millón novecientos mil) alumnos(as) de escuelas públicas de educación básica: nivel preescolar, primaria, secundaria, hasta nivel medio superior, Centro de Educación Artística del INBA, Centro de Formación Deportiva de la CONADE, que se ubiquen en la Ciudad de México, así como los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal “Prepa sí”, los alumnos identificados en los Programas del Gobierno de la Ciudad como niñas niños y jóvenes talento y extensivamente a alumnos inscritos en Estancias Infantiles, Centro de Desarrollo Comunitario, Centro de Bienestar Social Urbano del Sistema Integral para la Familia (DIF-CIUDAD DE MÉXICO), Centros Comunitarios y de Educación Inicial en la Ciudad de México, sin límite de edad así como 70,000 (setenta mil) maestros(a), servidores públicos(as) y prestadores(as) de servicios que laboren en beneficio de los alumno(as), mismos que son enunciativos mas no limitativos, al indicar lo anterior se refiere a considerar a talleristas, monitores, encargados y coordinadores escolares y auxiliares administrativo, cuenten con un servicio de aseguramiento y de atención médica de urgencia en caso de accidente escolar, que les permita afrontar el evento fortuito sin vulnerar la economía de sus familias y de esta manera reducir el riesgo de que abandonen sus estudios, contribuyendo en la protección y el cuidado necesarios para preservar la integridad física, psicológica y social de las y los estudiantes, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley General de Educación y lo hace extensivo a 70,000 maestros(as), servidores(as) públicos(as) y prestadores(as) de servicios que laboren directamente en actividades con las y los asegurados, que les permita afrontar el evento fortuito sin vulnerar la economía de sus familias y de esta manera reducir el absentismo laboral, salvaguardando los derechos universales de educación, salud y trabajo